jueves, 12 de marzo de 2009

DERECHO DE LOS PADRES A ELEGIR LA EDUCACIÓN DE SUS HIJOS

Declaración por la libertad de elección de centro en Cantabria

Mediante la remisión electrónica de mis datos, declaro que me adhiero al siguiente manifiesto:

1. Las madres y los padres tienen derecho a elegir los proyectos educativos que coincidan con sus propias convicciones, amparándose en el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo 27 de la Constitución.

2. La pluralidad de modelos educativos enriquece a la sociedad y los poderes públicos deben fomentarla, no restringirla.

3. Debe primar el derecho de las familias a la libre elección de modelo educativo: este derecho les permitirá optar por la red pública o la concertada y decidir si quieren un modelo de jornada flexible o continua, de educación religiosa o laica, de enseñanza mixta o educación diferenciada.

4. Todos los modelos pedagógicos expresados en el punto anterior tienen perfecta legitimidad desde el punto de vista jurídico en Cantabria, en España y en todos los países que han suscrito y respetan la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

5. Los poderes públicos deberán legislar y promover acuerdos con los representantes de la enseñanza de Cantabria que favorezcan la libre elección de modelo educativo. Este derecho a elegir un centro educativo no será real mientras los poderes públicos no lo financien. La falta de apoyo económico restringe un derecho esencial de las madres y los padres y discrimina a las personas con menos recursos económicos.

6. Los poderes públicos deben atender, también en los aspectos económicos, las opciones pedagógicas demandadas por la sociedad civil, anteponiéndolas a intereses políticos o ideológicos. En consecuencia, facilitarán la promoción y la financiación correspondiente a esta demanda de las familias, tanto en centros públicos como concertados.

7. La decisión organizativa y pedagógica de promover un centro de alumnos del mismo sexo es algo que se puede incorporar a su carácter propio como opción educativa perfectamente compatible con todo el ordenamiento. El respeto del carácter propio de los distintos centros es el que garantiza el ejercicio del derecho a la pluralidad, y el que permite a los padres y madres la elección, en libertad, del proyecto educativo que quieren para sus hijos.

Cantabria, marzo de 2009

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